En 2024 se ha mejorado el tratamiento fiscal de los donativos a las ONG, mejorando tanto las cuantías como los porcentajes de la deducción. Estas mejoras se reflejarán en la declaración de la renta del 2024 que se realizará en 2025.
Novedades en las donaciones en el IRPF 2024
La Ley 49/2002 contempla que no solo se puedan hacer donativos dinerarios, sino que también se pueden donar bienes o derechos; la constitución de un derecho de usufructo sobre bienes inmuebles, sobre valores o sobre otros bienes y derechos. Y también se pueden donar obras de arte.
Ahora se añade un nuevo supuesto que da derecho a practicar las deducciones por donativos: la cesión del uso de un bien mueble o inmueble, por un tiempo determinado, realizada sin contraprestación.
También dan derecho a deducción los donativos, donaciones y aportaciones, aun cuando el donante pudiera recibir bienes o servicios de carácter simbólico, entregados o prestados por el beneficiario, siempre y cuando el valor de los bienes o servicios recibidos no represente más del 15% del valor del donativo, donación o aportación y, en todo caso, no supere el importe de 25.000 €.